El MERCOSUR cuenta con 28 Puntos de Frontera de Controles Integrados (Control Integrado de Tránsito Vecinal y Turístico; y/o Control de Cargas – transporte automotor y ferrocarril), en las fronteras de Argentina-Brasil, Argentina-Paraguay, Argentina-Uruguay, Brasil-Paraguay, y Brasil-Uruguay, para hacer más rápido y eficiente la entrada y salida de personas y vehículos.

A través de ellas, las personas que egresen de un Estado Parte del MERCOSUR para ingresar a otro por un punto de frontera que cuente con un Área de Control Integrado (ACIs) se benefician de procedimientos administrativos y operativos compatibles y similares en forma secuencial y, siempre que sea posible, simultánea.

A su vez, los residentes permanentes en localidades fronterizas vecinas de los Estados Partes en las que existan ACIs pueden beneficiarse de un procedimiento simplificado para la exportación o la admisión temporaria de bienes. Los Estados Partes asumieron también el compromiso político de adoptar y articular normas y procedimientos comunes relativos a la circulación de los trabajadores en las zonas de frontera, y mejorar las oportunidades de empleo y las condiciones de trabajo y de vida de dichos trabajadores. Por su parte, en 2019, se aprobó el “Acuerdo sobre Localidades Fronterizas Vinculadas” que, una vez en vigor, traerá beneficios concretos para los habitantes y los trabajadores de esas localidades, mejorando, particularmente, el acceso a oportunidades económicas y servicios públicos en salud, educación, cultura y trabajo. Esta constituye la primera normativa MERCOSUR de carácter transversal y multidisciplinaria que regulará la integración de fronteras a nivel regional.

SND-Normativa y UTCI / CRPM.