Proximamente.

El MERCOSUR cuenta desde el año 1995 con un Arancel Externo Común (AEC), de conformidad a lo establecido en el Tratado de Asunción y como condición indispensable en la profundización del proceso de integración.

Para informaciones al Sistema de Consultas al AEC.

El Régimen de Origen del MERCOSUR (ROM) es un Régimen Preferencial constituido por el conjunto de requisitos y procedimientos acordados por los Estados Partes tendiente a determinar si un producto califica o no para el otorgamiento del tratamiento preferencial establecido por los acuerdos del MERCOSUR, que incluye la eliminación de los aranceles que gravan el comercio intrarregional.

Para informaciones acceder al Régimen de Origen MERCOSUR.

La Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) está basada en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías de la Organización Mundial de Aduanas, siendo idéntico a este hasta el nivel de la subpartida arancelaria (seis dígitos). La NCM utiliza dos dígitos adicionales para brindar mayor nivel de detalle a los códigos, utilizando ocho dígitos.

Para consultar el AEC vigente, ingresar a nuestra Base de Datos*.

* La información contenida en la mencionada página es de carácter referencial. En caso de necesitarse una información oficial, se deberá consultar con el órgano nacional responsable.

El sistema de Estadísticas de Comercio Exterior del MERCOSUR (SECEM), es una plataforma de acceso público, elaborada por la Unidad Técnica de Estadísticas del Comercio Exterior del MERCOSUR, que organiza los datos actualizados de comercio de bienes y permite conocer los valores de las importaciones y exportaciones de los países del Bloque.

Por consultas, el SECEM se encuentra disponible en nuestra página inicial.

Para obtener información sobre empresas importadoras y exportadoras, por favor, consultar la Sección Servicios de Apoyo al Empresario de la Asociación Latinoamericana de Integración – ALADI, en donde se podrá acceder a contactos empresariales, entre otras informaciones.

El Protocolo de Ouro Preto estableció la Estructura Institucional del MERCOSUR, la cual tiene tres órganos con capacidad decisoria, de naturaleza intergubernamental: Consejo del Mercado Común, el Grupo Mercado Común y la Comisión de Comercio del MERCOSUR.

Más información: Estructura Institucional del MERCOSUR.

Una vez negociadas y aprobadas las normas por los órganos decisorios del bloque, estas son obligatorias. Cuando sea necesario, deberán ser incorporadas a los ordenamientos jurídicos nacionales mediante los procedimientos previstos por la legislación de cada país.

A fin de asegurar la vigencia simultánea de las normas en los Estados Partes, se ha establecido un procedimiento para la incorporación de la normativa al ordenamiento jurídico interno de los países del Bloque, mediante el Artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto.

Para consultar la entrada en vigor y la incorporación de las Normas del MERCOSUR, acceder a las secciones Decisiones, Resoluciones y Directivas según corresponda.

Para consultar la documentación pública emanada de las reuniones de los órganos y foros de la Estructura Institucional, acceder al Gestor Documental administrado por la Secretaría del MERCOSUR.

En 2008, Grupo del Mercado Común (GMC) estableció por medio de la Resolución GMC N° 08/00 que los tratados internacionales, firmados entre los Estados Partes del MERCOSUR, incluidos los Protocolos al Tratado de Asunción, los firmados por el MERCOSUR con otros Estados u Organizaciones Internacionales, a excepción de los que sean protocolizados en la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), serán depositados ante el Gobierno de la República del Paraguay.

Para más información consultar la sección Tratados, Protocolos y Acuerdos.

En la sección Publicaciones se encuentran a disposición un amplio abanico de documentos tales como series temáticas, recopilaciones e informes entre otros.

Para la investigación de la normativa y documentos oficiales, acceder a las secciones Búsqueda de Normativa o Actas y Anexos respectivamente.

Las autoridades de los órganos de la estructura institucional del Bloque, pueden ser consultadas por medio del Directorio Oficial de Autoridades.

Los datos son suministrados por las Coordinaciones Nacionales de los Estados Partes, por el Parlamento del MERCOSUR y por el Foro Consultivo Económico y Social.

Actualmente el sistema de solución de controversias está reglamentado por el Protocolo de Olivos (PO), suscrito el 18 de febrero de 2002, vigente desde el 1º de enero de 2004.

El PO estableció, además, la creación del Tribunal Permanente de Revisión (TPR), con sede en Asunción, que puede actuar como tribunal de alzada ante los laudos dictados por un Tribunal Arbitral Ad Hoc o como primera y única instancia, en cuyo caso, su laudo no será pasible de recurso de revisión.

El sistema se aplica a:

  • Controversias entre Estados Partes;
  • Reclamos de particulares, quienes acceden indirectamente al sistema, presentando sus reclamos ante el Estado de residencia habitual o sede de negocios; y
  • Opiniones consultivas, que son pronunciamientos jurídicos fundados con carácter no vinculantes ni obligatorios realizados por el TPR, respecto de la interpretación y aplicación de las normas MERCOSUR en un caso concreto.

Para más información, acceda a nuestra sección sobre Solución de Controversias.

Conforme a la Decisión CMC Nº 15/15, para trabajar en alguno de los órganos con sede del MERCOSUR, se realizan concursos en base a pruebas de oposición, títulos y méritos, para cubrir las vacantes, teniendo en cuenta el equilibrio de nacionalidades de los Estados Partes. La mesa examinadora de cada concurso estará compuesta por una comisión de selección, integrada por un representante designado por cada Estado Parte y el representante del órgano que corresponda, quienes seleccionarán a los candidatos más calificados para cada cargo. El resultado final del concurso será publicado en el sitio web del órgano correspondiente.

Para saber más sobre cargos vacantes y convocatorias abiertas, acceder a nuestra sección de Oportunidades.

Además de los concursos para trabajar en los órganos del Bloque, actualmente, está vigente un sistema de pasantías, aprobado por la Resolución GMC Nº 20/12, que tiene como finalidad la interacción entre los órganos del MERCOSUR y la comunidad universitaria de los Estados Partes.

Las pasantías podrán ser realizadas por estudiantes universitarios nacionales de los Estados Partes en los órganos de la estructura institucional del Bloque que cuenten con presupuesto y que funcionen en el marco de un acuerdo sede.

En cuanto a la vinculación con el sector académico, el MERCOSUR ha iniciado un proceso de firmas de convenios, entre órganos de la estructura institucional del Bloque y distintas universidades, institutos y organismos internacionales con el fin de beneficiarse del intercambio de experiencias y prácticas.

A la fecha (mayo 2024) la Secretaría del MERCOSUR tiene firmados convenios con las siguientes instituciones educativas:

ARGENTINA

  • Universidad de Belgrano (UB)

BRASIL

  • Escuela de Relaciones Internacionales de la Fundación Getulio Vargas (FGV RI)
  • Universidad Estadual de Mato Grosso del Sur (UEMS)
  • Universidad Estadual de Paraíba (UEPB)
  • Universidad Federal de Goiás (UFG)
  • Universidad Federal de la Integración Latinoamericana (UNILA)
  • Universidad Federal de Uberlândia (UFU)

PARAGUAY

  • Universidad Americana (UA)
  • Universidad Nacional de Asunción (UNA)

URUGUAY

  • Universidad Católica del Uruguay (UCU)
  • Universidad de la Empresa (UDE)
  • Universidad de Montevideo (UM)
  • Universidad ORT

ASOCIACIÓN DE UNIVERSIDADES GRUPO MONTEVIDEO (AUGM)

Para más informaciones consultar la Resolución GMC Nº 15/20, donde se establecen los requisitos, el procedimiento y el modelo a seguir de convenio estándar.

Contacto

(será suscrito a nuestro newsletter)