En materia de trabajo y empleo, los Estados Partes asumieron compromisos políticos a los efectos de formular y poner en práctica políticas activas de trabajo decente, pleno empleo productivo y de desarrollo de empresas sostenibles, así como de adoptar, conforme a la legislación vigente y las prácticas nacionales, un conjunto de principios y derechos, tanto individuales como colectivos.

En línea con ello, los Estados Partes se comprometieron a defender la no discriminación y la igualdad de oportunidades, además de la eliminación del trabajo infantil y forzoso. En materia de seguridad social, los Estados Partes asumieron el compromiso político de garantizar, mediante políticas públicas articuladas y universales, una red mínima de protección social a sus habitantes, independientemente de su nacionalidad, frente a las contingencias sociales adversas, especialmente las motivadas por enfermedad, discapacidad, invalidez, vejez y muerte. En ese sentido, los trabajadores de un Estado Parte del MERCOSUR:

  • Podrán acceder a los derechos de seguridad social en igualdad de derechos y obligaciones con los nacionales de los Estados Partes en donde presten o hayan prestado servicios;
  • Tienen derecho a que los períodos de seguro o cotización cumplidos en el territorio de otros Estados Partes sean considerados para la concesión de las prestaciones por vejez, edad avanzada, invalidez o muerte;

Podrán acceder, para sí y para sus familiares y asimilados, a las prestaciones de salud cuando se trasladan temporalmente por motivos de trabajo

SND-Normativa y UTCI / CRPM.