Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM)

Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM)2024-04-02T11:12:46-03:00

Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM)

El Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR – FOCEM – es el primer mecanismo solidario de financiamiento propio de los países del MERCOSUR y tiene por objetivo reducir las asimetrías del bloque.

Se integra por aportes de los Estados Partes y se destina a financiar Proyectos de mejoramiento de la infraestructura, competitividad de las empresas y desarrollo social en los países del MERCOSUR. Asimismo, financia Proyectos para el fortalecimiento de la propia estructura institucional del MERCOSUR.

Creado a fines del año 2004 y operativo a partir del año 2006, el Fondo se basa en un sistema de aportes y distribución de recursos en forma inversa, lo que supone que los países del bloque con mayor desarrollo económico relativo realizan mayores aportes y, a la vez, los países con menor desarrollo económico relativo reciben los mayores recursos para el financiamiento de sus Proyectos. Los fondos son distribuidos en carácter de donación no reembolsable.

El Fondo se inició con un total de aportes que alcanzaba los US$ 100 millones anuales, y a partir de 2013, con el ingreso de la República Bolivariana de Venezuela*, pasó a constituirse con un total de US$ 127 millones anuales.

Los Proyectos pueden ser presentados por cualquiera de los Estados Partes del MERCOSUR con base en sus necesidades nacionales o intereses comunes (proyectos pluriestatales). El análisis, aprobación y seguimiento de los Proyectos presentados se realiza con base en el Reglamento FOCEM (Dec. CMC N°01/10), cuya versión vigente fue adecuada por las Decisiones CMC N° 35/15 y N° 04/18. De los 51 Proyectos aprobados y ejecutados hasta la fecha, 37 han finalizado sus actividades y 14 se encuentran en ejecución. Se destaca la realización de obras de saneamiento, rehabilitación y construcción de rutas, tendido de redes eléctricas e instalación de estaciones de alta tensión, mejoramiento y ampliación de locales escolares, construcción de viviendas, rehabilitación de vías férreas, construcción y equipamiento de laboratorios, creación de una red de investigación científica, entre otros.

Más información:

*La República Bolivariana de Venezuela se encuentra suspendida en todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de Estado Parte del MERCOSUR, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 5° del Protocolo de Ushuaia.

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